El anteproyecto de ley de Economía Sostenible no deja de deparar sorpresas una vez que se conoce el articulado completo que se ha planteado. La primera modificación importante la tenemos en la Ley 58/2003 General Tributaria que faculta al Ministerio de Economía y Hacienda a establecer los supuestos de notificación telemática obligatoria para los supuestos que así determine el Ministerio.
Para que nos hagamos una idea; imaginemos que decide poner en práctica esta notificación telemática para la declaración de IRPF, obviando la notificación ordinaria en domicilio, dado que esta modificación normativa le faculta para ello. Todos aquellos que presenten la declaración de la renta, 17,5 millones de ciudadanos, tienen que contar con una dirección electrónica única para poder acceder a las notificaciones de Hacienda. A efectos prácticos, implica que en el plazo de dos años, todas las actividades económicas tendrán que disponer de un sistema de notificaciones telemáticas y a medio plazo, todos los ciudadanos.
IC ya adelantó esta posibilidad, en los albores de preparación del articulado de esta ley y coincido plenamente con él. La desprotección jurídica para todos los contribuyentes es directa en el caso de una dospuntocerización plena de la Agencia Tributaria, porque por desgracia, internet no forma parte de la vida de todas las personas todavía.
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