En teoría, la legislación vigente en España eliminó en julio de 2010 el concepto de “pacto en contrario”; es decir, la posibilidad de que dos empresas acuerden el plazo en que se abonan las facturas, siempre que no se considere “abusivo”. Una posibilidad que se había convertido algo normalmente aceptado por la mayoría de pymes, porque no pueden permitirse perder negocio.
Un estudio elaborado por la Plataforma Multisectorial contra la Morosidad asegura que el plazo medio de cobro entre empresas durante 2010 fue de 93 días frente a los 101 del año anterior, lejos de los 80 que en teoría marca la nueva norma.
En el caso de los autónomos que trabajan con Administraciones Públicas, el plazo supera los 121 días de pago. Y en más del 20% de los casos tienen que esperar más de 360 días para cobrar.
El cambio legislativo no ha transformado demasiado la situación. Las presiones por impago continúan y los sectores más afectados por estos abusos son los más acostumbrados a imponer estos pactos: la construcción y la gran distribución.
Aunque, al menos, la nueva ley es más favorable a los denunciantes que la anterior. Con la reforma, si en un mes no hay contestación a la reclamación, se puede ir a los tribunales y solicitar como medida cautelar el pago de la deuda.
Antes, en caso de no cobrar, había que esperar casi un año desde que se hacía la reclamación hasta que se podía recurrir a los tribunales de lo contencioso administrativo. Luego, la sentencia tardaba de media otros dos años. Por último, otro año más para cobrar…
No obstante, según las cifras manejadas por Intrum Justitia, en 2011 seguirán creciendo los retrasos en los pagos y los impagos. Y es posible que unas 100.000 empresas cierren en 2011 por falta de liquidez.
Por eso no nos extraña que continúe la sucesión de manifestaciones y protestas del último año
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